¿Qué repercusiones tendría declarar el estado de conmoción interior en Colombia?

Estado de conmoción interior

Como respuesta a los actos de violencia que se han venido presentando desde que empezó el Paro Nacional el pasado 28 de abril, integrantes del partido Centro Democrático -bajo el cual Iván Duque llegó a la presidencia-, han solicitado al mandatario que declare el Estado de conmoción interior, sugerencia que le habría parecido conveniente, pues el pasado miércoles, 5 de mayo, manifestó que no descarta decretar esta extrema herramienta, provocando descontento en los distintos sectores de opinión y la ciudadanía, debido a lo que podría suceder. 

«Uno como jefe de estado no puede renunciar a ninguna de las herramientas que le dan la Constitución y la ley. La Ley 137 del 94, que es la que reglamenta el estado de conmoción interior, tiene herramientas taxativas que se pueden emplear y están orientadas a que se empleen, únicamente si los mecanismos ordinarios no funcionan. Han sido usadas en muy pocas ocasiones. A la pregunta si se renuncia a esta herramienta, ni a esa ni a ninguna otra herramienta constitucional», afirmó Duque en Blu Radio.

¿Qué es el Estado de conmoción interior? 

En el artículo 213, de la Constitución Política, se determina que en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del estado o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República, con la firma de todo su gabinete de ministros, podrá declarar el Estado de conmoción interior en todo el país o parte de este, por término no mayor de 90 días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República.

Es decir, según Ámbito Jurídico Legis, el poder Ejecutivo tendría facultades como la expedición de decretos legislativos para suspender las leyes incompatibles con el Estado de conmoción, las cuales dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público. Dentro de los tres días siguientes a la declaratoria o prórroga de esta herramienta, el Congreso se reunirá por derecho propio, con la plenitud de sus atribuciones constitucionales y legales.

Cabe recalcar que en ningún caso la ciudadanía podrá ser investigada o juzgada por la justicia penal militar.

¿Qué facultades otorga el Estado de conmoción interior?

Al decretar el estado de conmoción interior el presidente, Iván Duque, entre las facultades especiales, podría restringir las marchas sociales, limitar a los medios de comunicación para informar, interceptar comunicaciones y suspender a mandatarios locales. 

Sin embargo, Ámbito Jurídico Legis explicó que dentro de estas facultades existen algunas excepciones: 

Los decretos legislativos que se expidan solamente podrán referirse a materias que tengan relación directa y específica con la situación que determinó la declaratoria del estado de excepción.

  1. No podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales. En todo caso, se respetarán las reglas del Derecho Internacional Humanitario.
  2. No se interrumpirá el normal funcionamiento de las ramas del poder público.
  3. Tan pronto como hayan cesado las causas que dieron lugar al Estado de conmoción interior el Gobierno declarará restablecido el orden público y lo levantará.
  4. El Presidente de la República y sus ministros serán responsables cuando declaren Estado de excepción sin existir casos de conmoción interior.
  5. El Gobierno enviará a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades.

¿Por qué el descontento en algunos sectores de opinión?

Desde la oposición han manifestado que esta herramienta constitucional lo único que lograría es agudizar más la confrontación en las calles y carreteras del país. Por ejemplo, el senador Roy Barreras aseguró que declarar la conmoción interior sería avanzar hacia el autoritarismo. “La agenda de diálogo es el camino, si el diálogo es real y eficaz, y no un distractor. Debe ser directo entre el Presidente y el Comité del Paro y los sectores sociales. La intermediación del Comisionado de Guerra Ceballos es un mensaje equivocado que sólo se entendería si la intención del gobierno es que fracase el diálogo para justificar el error autoritario de la Conmoción Interior”, mencionó. 

José Miguel Vivanco, director de Human Rights Watch, concuerda con esta declaración, afirmando que recurrir al Estado de conmoción en este momentos es un error. “El gobierno de Colombia debe tomar medidas urgentes para bajar las tensiones y proteger los DDHH. Si el gobierno declara el Estado de conmoción interior, estaría haciendo exactamente lo contrario”, aseguró. 

Como ellos, otros/as también mostraron su posición en contra: 

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