Infancias y adolescencias trans en Colombia: el proyecto de ley que va contra sus derechos

Congresistas de derecha y organizaciones transexcluyentes radicaron una propuesta, que ha causado polémica por sus posturas prohibicionistas respecto a los tratamientos de reasignación de género en menores de edad. 

El pasado 04 de octubre, la bancada compuesta por congresistas de los partidos Colombia Justa Libres y Centro Democrático, radicó el Proyecto de Ley 183 de 2023 en la Secretaría del Senado de la República. La propuesta “Con los niños NO te metas”, busca prohibir la atención y tratamientos de afirmación de género para niños, niñas y adolescentes en Colombia.

La propuesta que hace su trámite en esta legislatura ha sido fuertemente criticada por organizaciones y personas defensoras de los derechos humanos, argumentando que lo expuesto en el documento refuerza la estigmatización y pone en riesgo la garantía de derechos y la atención en materia de salud para las infancias y adolescencias trans. 

¿Qué dice el proyecto de ley?

El proyecto de Ley 183 de 2023 tiene como objetivo establecer los lineamientos para la prestación del servicio de salud y la prohibición de tratamientos de reasignación de género, bloqueadores de pubertad, tratamiento hormonal cruzado y cirugía de afirmación en menores de 18 años.

En el articulado se expone que la disforia de género, definida por la Clínica Mayo como la sensación de incomodidad o angustia que pueden sentir las personas cuya identidad de género difiere del sexo asignado al nacer o de las características físicas relacionadas con el sexo; sería una fase transitario que pasan las niñas, niños y adolescentes. Asimismo, se sostiene que la disforia de género está causada por trastornos psiquiátricos, influencia social y uso excesivo de las redes sociales. 

La estructura de la propuesta presenta artículos como el 18, donde se prohíbe que los profesionales de la salud realicen cirugías de afirmación, tratamientos de terapia hormonal y bloqueo de pubertad en todos los casos. Los tratamientos que se encuentren en curso y las cirugías que estén programadas serán suspendidas en caso de ser aprobado el proyecto. 

La realización de los tratamientos será considerada como una falta gravísima, por lo tanto las y los profesionales de la salud serán sancionados con la suspensión del ejercicio de la medicina hasta por cinco años.  Respecto a los centros médicos donde se hagan los tratamientos, la Superintendencia de Salud podrá suspender o cancelar las licencias de funcionamiento. 

En los artículos expuestos por la bancada del Centro Democrático y Colombia Justa Libres, también se contempla uno referente a la prohibición de la destinación de recursos públicos para la financiación de servicios de reasignación de género. Paralelamente, se habla de la conformación de redes de apoyo donde no podrán tener como integrantes a personas o instituciones que hayan apoyado o practicado terapias hormonales o de reasignación de género. 

De igual forma se explica que los medios de comunicación no serán estigmatizados por difundir información sobre los peligros que conlleva el tratamiento de reasignación de género. Las instituciones educativas tendrán prohibido difundir u orientar sobre estos temas a sus estudiantes. 

Proyecto de Ley N°183 de 2023

Al igual que las y los profesionales de la salud, docentes y colegios podrán incurrir en faltas gravísimas en caso de enseñar información relativa a la reasignación de género, lo que tendría como resultado la suspensión de licencias de funcionamiento. 

El proyecto de ley precisa que se fomentará y financiará la investigación en instituciones de educación superior, que tengan como objetivo exponer los efectos nocivos de las terapias y tratamientos. Incluso se incentivarán aquellos trabajos donde se busque encontrar opciones de restauración para los casos de menores que ya hayan recibido tratamiento. 

Finalmente en su artículo 40, se explica que desde el sector religioso y espiritual se hará un acompañamiento y asistencia a las y los menores de edad que hayan realizado o planeado realizar este tipo de tratamientos. 

Una propuesta con posturas transexcluyentes y estigmatizantes

La radicación del proyecto de ley ha generado opiniones, que dejan entrever que desde el Congreso se tramitan propuestas que refuerzan estigmas patologizantes y contrarias a los derechos humanos. Las intervenciones tanto de las y los parlamentarios,  como de las organizaciones transexcluyentes evidencian el trabajo que adelantan para ir en contra de los derechos. 

La polémica está suscitada desde que en el Artículo 7 de la propuesta se relaciona la disforia de género con un trastorno psiquiátrico o enfermedad mental. Esta postura va en contravía con acuerdos internacionales sobre salud; desde el 2019, la disforia de género no hace parte de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE 11) de la Organización Mundial de la Salud. 

La bióloga y doctora en evolución y genética, Ivania Cerón Souza, presentó sus consideraciones durante la audiencia pública del 04 de diciembre en el Congreso. La experta expuso su caso personal y valiéndose de información científica controvierte el contenido del Proyecto de Ley 183 de 2023. 

Durante el desarrollo de la audiencia pública,  Ivania Cerón indicó que las infancias trans siempre han existido y que ahora son más visibles porque son sujetos de derechos. “El proyecto de Ley que estamos discutiendo no les protege, sino que hace todo lo contrario. Les deja completamente vulnerables en lo más vital de un ser humano y es el derecho a un servicio de salud integral”, sentenció.

Adicionalmente, la experta indicó que no son una población que no merezca el trato digno por parte de la sociedad o que se eliminen los derechos de los que gozan en la actualidad. A su vez, Ivania Cerón cuestionó los datos e información científica presentada en el proyecto de ley, exponiendo que está desactualizada y genera posiciones estigmatizantes desde el imaginario de la genitalidad, usado para reducir y restringir los derechos humanos. 

Por su parte, Luis René Bautista del Colegio Colombiano de Psicólogos, expuso en esa misma audiencia que en el caso de disforia de género no corresponde a una enfermedad ni trastorno mental. “Explicarles por qué un niño o una niña se sienten mal con su género, allí encontramos una diversidad de causas que requieren abordajes diferenciales”, sostuvo. 

MinInterior pidió el archivo del proyecto 

La Coordinadora del despacho del Ministerio del Interior y delegada de la Dirección de Asuntos Legislativos para los temas LGBTIQ, Viviana Vargas fue la encargada de dar a conocer la postura del Gobierno Nacional frente al mencionado proyecto de ley, que hace su trámite en la actual agenda legislativa. 

La funcionaria indicó que la posición técnica y jurídica se haría  abordando el contexto de las infancias y adolescencias en Colombia, siendo protagonistas del debate en un marco de protección integral a sus derechos. “Son ellos y ellas quienes padecen múltiples formas de violencia  e invalidación en el ejercicio de la construcción progresiva de su autonomía y expresión de identidad desde la primera infancia”, sostuvo. 

Desde el Ministerio del Interior, como lo señaló Viviana Vargas no se acepta la adopción de medidas que asuman como indeseable la existencia de menores de 18 años con experiencias de tránsito de género. En ese sentido explicó que los conceptos sobre disforia de género presentados en el proyecto de ley, eran estigmatizantes y patologizantes, situación claramente inconstitucional. 

La conclusión del concepto dado por esa cartera es la solicitud del archivo del proyecto de ley, basado en que no pasa el test de escrutinio de constitucionalidad que exige la Corte Constitucional para las medidas legislativas, dado que la propuesta estaría articulada desde la discriminación. “Como Gobierno Nacional estamos a disposición, para generar diálogos sociales que aporten a la construcción colectiva de propuestas encaminadas a la protección integral de niños, niñas y adolescente, desde sus múltiples universos y lenguajes”, puntualizó. 

El proyecto de ley hace su trámite en la Comisión Séptima Constitucional Permanente durante la actual agenda legislativa que tiene como fin el debate de asuntos que competen a la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La propuesta fue publicada en la Gaceta del Congreso N°1416 del 05 de octubre. 

El 07 de noviembre fue publicado en la Gaceta del Congreso N°1548, el concepto jurídico de la Superintendencia de Industria y Comercio. La entidad le pidió a las y los ponentes del proyecto de ley que elimine el parágrafo 1 del artículo 42, dado que lo descrito en la propuesta no está relacionado con la toma de decisiones en materia de consumo y por lo tanto no son de su competencia. 

Fuente: Gaceta del Congreso N°1416.

Posteriormente, el 27 de noviembre la Fundación Colombiana de Ética y Bioética emitió el concepto jurídico que apareció en la Gaceta del Congreso N°1720 del 04 de diciembre. La FUCEB expidió una postura favorable al contenido del proyecto de ley, argumentando que debían darse los medios para estudiar la causa de la disforia de género y las formas de prevenirla. Adicionalmente indicó que era un problema de salud y no una opción de género. 

El Proyecto de Ley 183 de 2023 aún tiene un largo camino para convertirse en ley de la República. Colectivos y organizaciones defensoras de derechos humanos le han puesto la lupa al contenido del articulado, pidiendo que no se niegue el derecho al reconocimiento de la identidad de género a las infancias y adolescencias trans del país. Asimismo, han solicitado acabar con discursos que generan desinformación y odio, esto teniendo en cuenta que organizaciones transexcluyentes han relacionado los tratamientos de reasignación de género con violencia sexual y delitos como la pederastia y pedofilia. 

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