Decreto permitirá que más de 5.000 madres cabeza de familia paguen su condena fuera del sistema carcelario

Las mujeres que cumplan con lo establecido en el decreto, contarán con amplios beneficios y serán reincorporadas a la vida en sociedad.

Más de 5.000 mujeres que ejercen como madres cabezas de familia y se encuentran recluidas en centros carcelarios del país, podrán acceder a los beneficios que ofrece el Decreto 1451 de la Ley 2292 de 2023, sancionada el ocho de marzo por el presidente de la República, Gustavo Petro, como una apuesta a la dignificación de los derechos de las mujeres, la humanización y la resocialización de quienes se encuentran privadas de su libertad.

De acuerdo al decreto, las mujeres que podrán acceder a los beneficios deben estar cumpliendo penas menores o iguales a ocho años, deben ejercer la jefatura del hogar, sus condenas deben ser por delitos como hurto, hurto calificado, fabricación o porte de estupefacientes, tráfico, destinación ilícita de muebles o inmuebles y porte o fabricación de estupefacientes.

A su vez, aquellas que estén condenadas por el uso de menores para cometer delitos, se relacionen con casos de violencia intrafamiliar y “tengan sentencia condenatoria en firme dentro de los cinco años anteriores a la comisión del nuevo acto punible”, no serán beneficiarias.

De acuerdo a un informe publicado por el INPEC, “en el sistema penal colombiano, a nivel intramural, la proporción entre mujeres y hombres, se aproxima a 1 por cada 14 hombres. La capacidad de los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional – ERON para la reclusión de mujeres es de 6.086 cupos para una población de 6.604, como resultado hay una sobrepoblación de 518 por tanto, un hacinamiento del 8,5%, a nivel nacional”.

https://x.com/MinjusticiaCo/status/1699535838244114804?s=20

Conforme la Ley de Utilidad Pública, quienes queden en libertad serán afiliadas al Sistema de Seguridad Social y al Sistema de Riesgos Laborales, y tendrán que cumplir funciones sociales en materia de apoyo a labores de recuperación y mejoramiento del espacio público, bienestar y protección animal, apoyo a comunidades vulnerables, entre otras, otorgadas por entidades públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales.

El seguimiento al cumplimiento de las responsabilidades del decreto estará a cargo de un juez, quien en caso de desacato será el que determine la gravedad de este y el requerimiento del debido proceso.

Pero ¿qué es la Ley de Utilidad Pública?

Según el Ministerio de Justicia, esta ley es la primera norma para adultos en Colombia que considera la posibilidad de ejecutar sanciones penales restaurativas, y está diseñada de manera exclusiva para mujeres cabeza de hogar que cometieron un delito en condiciones de marginalidad, con el fin de contribuir al sostenimiento del hogar.

Conforme a un estudio realizado por el Ministerio de Justicia, cerca del 60% de las mujeres condenadas por hurto, tráfico de estupefacientes o con penas inferiores a ocho años, delinquieron en condiciones de marginalidad para suplir sus necesidades.

Esta ley se convierte en una oportunidad para que algunas penas que se contemplan en el Código Penal, puedan ser ejecutadas como actividades de beneficio social y reparadoras del daño causado.

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