Congresistas presentan Proyecto de Ley para evitar la venta de CENIT

Ante la Secretaría del Senado General de la República, los senadores del Polo Democrático Alternativo Wilson Arias, Alexander López, Iván Cepeda, Alberto Castilla y Jorge Robledo, y los representantes a la Cámara por el mismo partido, Germán Navas y Jorge Gómez, radicaron el Proyecto de Ley “Por medio del cual se deroga el Decreto 811 de 2020”. 

El objetivo de este proyecto de Ley es tumbar el Decreto 811 de 2020 “Por el cual se establecen medidas relacionadas con la inversión y la enajenación de la participación accionaría del Estado, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020”. 

En el documento se señala que, “pese a los amplios poderes de que dispone el ejecutivo, por medio de las facultades especiales otorgadas por el artículo 215, la respuesta no se orientó a minimizar la propagación del virus y a rastrear eficientemente las cadenas de contagio, a fortalecer la red pública hospitalaria, o a brindar garantías humanitarias que permitieran a las personas sin recursos económicos o en situación de vulnerabilidad mantener las medidas de distanciamiento social obligatorio” sino que sus decisiones tardías, solo brindaron solidez al sistema bancario y financiero, buscando reactivar la economía, lo que ha generado el incremento de contagios. 

La crisis actual por la pandemia del covid-19 es el argumento que ha usado el Gobierno Nacional, para expedir este decreto que se divide en dos capítulos: el primero, contiene seis artículos y hace referencia a las medidas para la inversión y enajenación de la propiedad accionaria estatal adquirida o recibida en el marco del Decreto 637 de 2020 y el segundo, con cinco artículos, incluyendo la vigencia, se establecen las disposiciones especiales para la enajenación de acciones de la nación en sociedades inscritas en bolsas de valores, cuyos recursos estarían destinados a atender las consecuencias económicas relacionadas con el ya mencionado estado de emergencia. 

“El procedimiento especial al que se refiere el Decreto Legislativo no establece de manera clara la aplicación de los principios contenidos en los artículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley 226 de 1995. Tampoco hay claridad sobre los bienes que se pretenden enajenar por lo que se podrían poner en riesgo tanto los activos estratégicos de la Nación como el patrimonio de los y las colombianas”, advierte el documento.  

Sumado a esto, el Decreto 811 otorga facultades para vender todas las empresas que cotizan en la bolsa, incluso a través de subasta. Además, no se establece ningún tipo de control en materia de compra y admite que el ejecutivo adquiera empresas que también cotizan en bolsa, por lo que abre la puerta para que el Estado se haga cargo de las deudas de empresas privadas que no necesariamente se hayan generado por el Estado de Emergencia. 

El 31% de las utilidades netas de Ecopetrol los aporta CENIT, a través de la prestación del servicio de transporte que representa el 82% de la capacidad de transporte total de petróleo del país.

En total son 105 empresas en las que el estado tiene participación accionaria, desde 2018 se conoce que siguen siendo las mismas 39 compañías sobre las que la Nación tiene participación mayoritaria. Es importante tener en cuenta que el Decreto 637 de 2020 estableció las medidas para la venta de acciones de empresas con las características de Ecopetrol, donde el Estado tiene el 88,49% e ISA, con una participación que suma el 60.23% entre el gobierno y EPM.

“En este punto cabe mencionar que, desde diciembre del 2019, el Ministerio de Hacienda contempló la posibilidad de vender un 8,5% más de la participación en Ecopetrol, enajenación que ya cuenta con el aval del Congreso de la República (…) es necesario tener en cuenta que se trata de la única refinadora del país, la cuarta petrolera de Latinoamérica, que durante el 2019 vendió 71 billones de pesos, tuvo 14,5 billones en utilidades, 5 billones de impuestos, 9,9 billones de regalías y que, en total, le aportó a la nación 26 billones de pesos” recopila el Proyecto de Ley.  

El 31% de las utilidades netas de Ecopetrol los aporta CENIT, a través de la prestación del servicio de transporte que representa el 82% de la capacidad de transporte total de petróleo del país. Su venta implicaría eliminar la empresa que mayores ganancias genera, en palabras de los y las trabajadoras pertenecientes a la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo -USO-, esta empresa es el corazón de Ecopetrol. 

CENIT, es una filial del Grupo Empresarial Ecopetrol, que tiene a su cargo el sistema de estaciones, transporte, poliductos y oleoductos que le permite a Ecopetrol ser una empresa integrada, al venderla, sólo le quedaría la refinación y la producción, en ese sentido, con los bajos precios que actualmente tiene el petróleo, la empresa podría fracasar. 

Dicho así, el Decreto 811 del 2020 permite la venta a un precio de mercado que no reflejaría “el valor real de las empresas en término de activos y capacidad instalada, que no solo significaría el detrimento patrimonial de los activos del Estado, sino que implicaría la privatización del servicio de transporte, con un consecuente aumento en el costo de estos servicios para las actividades productivas de Ecopetrol.”

De hecho, en una entrevista con El Cuarto Mosquetero, Hernando Silva, uno de los dirigentes de la USO SUO que lleva más de 45 días encadenado al Machín de la Resistencia frente al edificio de Ecopetrol en Bogotá como protesta al Decreto 811, comentó que según medios económicos, CENIT está avaluada por más de 20 billones de pesos, pero el Gobierno la está ofertando por 9,5 billones. 

Aquí puede leer más sobre CENIT y las consecuencias de su venta: El pernicioso decreto que busca privatizar las empresas públicas del país en cuarentena

Dada la situación, el pasado 19 de junio, 19 Congresistas de distintas bancadas presentaron una proposición ante el Senado de la República en la que se solicitó al presidente Iván Duque Márquez, la derogatoria del Decreto 811, expresando que como Ecopetrol y CENIT, “son numerosas las sociedades en las cuales la Nación ostenta la mayoría accionaria y no se considera apropiado ni apegado a la constitución que, a través de un Decreto Legislativo para conjurar los estragos generados por la pandemia, se pretendan desplegar acciones que contrarían la lógica bajo la cual se estructura todo el andamiaje de la figura de Emergencia Económica consagrado en nuestra Carta Política.” 

Las empresas públicas de la nación son fundamentales para garantizar el acceso a bienes y servicios esenciales para la población, así como para el desarrollo de actividades productivas de importancia estratégica a nivel nacional y territorial. 

La destinación de los recursos contemplados en el artículo 9 del Decreto 811 de 2020, advierte el documento, establece que estos se usarán para financiar el Fondo de Mitigación de Emergencias y el Fondo Nacional de Garantías, o para disminuir el monto de deuda, producto de la crisis. 

El Decreto 811 del 2020 permite la venta a un precio de mercado que no reflejaría “el valor real de las empresas en término de activos y capacidad instalada, que no solo significaría el detrimento patrimonial de los activos del Estado, sino que implicaría la privatización del servicio de transporte

No obstante, la venta de empresas públicas implica extralimitar el alcance de la emergencia, eso sin tener en cuenta que, “es un propósito que desde el 2019 se viene planteando por el Ministerio de Hacienda, para el caso de Ecopetrol, por lo cual un trámite ordinario por el Congreso es absolutamente necesario, legal y respetuoso del principio de separación de poderes consagrado en el artículo 113 de la carta política.”

Con base en estas razones, el Proyecto de Ley ha señalado que las medidas que adopta el Decreto 811, no debió ser expedido usando como excusa la crisis actual para avanzar en procesos de enajenación y privatización de las empresas públicas del país, que no dan resultados a los complejos problemas económicos que se tienen actualmente en consecuencia al covid-19, por el contrario, puede llegar a agudizarlos por la caída de rentas de la nación para los años siguientes. “Por lo anterior, se reitera la necesidad de que sea derogado el Decreto 811 de 2020.”

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