La Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia de 26 años de prisión a José Miguel Narvaez, exdirector del DAS, por ser determinador del homicidio del reconocido periodista y humorista político.
El reconocido abogado, humorista, periodista y mediador de paz, Jaime Garzón, fue asesinado el 19 de agosto de 1999. Veinte años después, en julio de 2019, el Tribunal Superior de Bogotá expidió una sentencia en la que se confirmaba la condena al exdirector del DAS, José Miguel Narváez, por ser el determinador de este homicidio.
Tan pronto se conoció el fallo, la defensa del acusado impuso una demanda para revertir esa sentencia, la cual fue estudiada ahora por la Corte Suprema de Justicia, la cual coincidió con el Tribunal Superior de Bogotá, reafirmando la sentencia de 26 años de prisión para José Miguel Narváez.
El argumento del abogado del acusado para pedir que su condena fuera tumbada, se basó, según dijo, en que el acusado no había tenido la oportunidad de ejercer su derecho a la contradicción sobre las pruebas, y que además se le habían vulnerado las garantías al debido proceso y defensa.
Además, afirmó que la Fiscalía no había podido establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que Narváez instigó a Castaño para cometer el crimen, yendo en contra de las declaraciones de exjefes paramilitares como Iván Roberto Duque, Salvatore Mancuso, Fredy Rendón Herrera y Diego Fernando Murillo, quienes afirmaron haber visto a Narvaez en los campamentos de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
El alto tribunal respondió al demandante el pasado viernes que no existió violación de garantías fundamentales como pretendió demostrar. Además, la defensa de Narvaez, argumentó que ni la Fiscalía, ni los jueces de primera y segunda instancia establecieron las circunstancias de tiempo, modo y lugar en el que el exdirector del DAS incitó a Carlos Castaño, jefe de las AUC para asesinar a Jaime Garzón.
La Corte negó los argumentos de la defensa de Narváez, porque según afirmó, esta no cumplió los requisitos dado que no acreditó cuáles eran los derechos o garantías que le había vulnerado la sentencia. Tampoco señaló cuál era la causal para presentar la casación.
Por otro lado, la Sala de Casación Penal señaló que al revisar la sentencia, evidenció, que a través de las pruebas la Fiscalía sí pudo establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que Narváez determinó el homicidio de Jaime Garzón, quien, mientras se dirigía a las instalaciones de Radionet en Bogotá, fue interceptado por dos sujetos en una motocicleta que le propinaron seis disparos, cuatro en la cabeza y dos en el cuello, lo que provocó que estrellara su vehículo contra un poste de electricidad. El humorista falleció en el acto.