SÍGUENOS
Suscríbete

Suscríbete a nuestro boletín informativo

Bienvenido a nuestro Centro de Suscripción al Boletín Informativo. Regístrate en el formulario a continuación para recibir las últimas noticias y novedades de El Cuarto Mosquetero.


Licencia remunerada por muerte de mascotas: la puerta que se abre en Colombia

La Corte Suprema avaló la licencia remunerada por muerte de mascotas para trabajadores y trabajadoras sindicalizadas con el fallo SL2375-2025.

Un precedente para las familias multiespecie

La Corte Suprema de Justicia sentó un precedente en Colombia al avalar que trabajadores y trabajadoras puedan acceder a una licencia remunerada por la muerte de una mascota, siempre que este beneficio esté contemplado en un acuerdo interno o sea aprobado por el empleador.

La decisión quedó consignada en la sentencia SL2375-2025, que resolvió un conflicto colectivo entre la empresa AKT Motos y el sindicato Sintramotores. En el laudo arbitral se reconoció un día de permiso pago por el fallecimiento de un animal de compañía registrado ante la empresa.

¿Es un derecho obligatorio para todas las empresas?

Aunque la legislación colombiana no contempla expresamente este derecho, la decisión judicial marca un avance en el reconocimiento del vínculo afectivo entre las personas y los animales de compañía, en un país donde, según el Dane, el 67 % de los hogares se considera una familia multiespecie.

La Corte precisó que se trata de un beneficio de carácter extralegal, es decir, no incluido en el Código Sustantivo del Trabajo, pero plenamente válido dentro de la negociación colectiva. Por ello, no constituye una obligación general para todos los empleadores, sino una facultad orientada a fortalecer el equilibrio entre la vida laboral y personal.

¿Qué se entiende por ‘mascota doméstica’?

El alto tribunal también definió el concepto de “mascota doméstica”, señalando que corresponde a animales que conviven bajo la dependencia del ser humano, sin fines comerciales y que no pertenezcan a especies silvestres o de tenencia prohibida.

Para acceder al permiso, el fallo estableció varias condiciones como que la mascota debe estar registrada ante la empresa, acreditarse el fallecimiento mediante certificado veterinario, demostrar un vínculo afectivo y una convivencia mínima de seis meses con el trabajador. Además, el beneficio aplica para un solo animal por solicitud.

Inicialmente, la cláusula propuesta contemplaba tres días de licencia; sin embargo, en el acuerdo definitivo quedó fijado un día laboral remunerado. Para la Corte, esta decisión se ajusta a criterios de equidad y responde a los cambios culturales que reconocen a los animales como parte del núcleo familiar.

El impacto emocional del duelo

Para quienes trabajan a diario con animales, la medida reconoce una realidad que pocas veces se nombra. “La muerte de una mascota definitivamente afecta el estado emocional y en mi opinión un entorno laboral se ve impactado, no en el aspecto de responsabilidad, sino en el aspecto de la salud emocional del individuo, que de alguna forma necesita tiempo para procesar la pérdida”, explicó David González, responsable del refugio Paticas Fieles en Villavicencio.

Por su parte, la Corte Suprema considera que la medida responde a criterios de equidad y a la transformación de las relaciones entre personas y animales de compañía. El pronunciamiento abre el debate sobre la posibilidad de que, a futuro, este tipo de licencias puedan incorporarse de manera expresa en la legislación laboral colombiana.

Deja un comentario