La reforma radicada en el año 2022, tras un año de debate y acuerdos, fue aprobada en el 2023 en el Congreso de la República.
El martes 13 de junio de 2023, se aprobó la modificación del artículo 64 de la Constitución Política en el último debate en la plenaria de la Cámara. La aprobación constó de 138 votos a favor y ninguno en contra, ganando de manera unánime.
El proyecto de ley que reconocía al campesinado como sujeto de derechos, se radicó el 17 de agosto de 2022 en el Congreso de la República por parte del Gobierno Nacional, el Ministerio de Agricultura y la comitiva de congresistas que acompañó la plenaria.
Según el Senado de la República, el proyecto “buscaba la garantía del derecho a la tierra al campesinado, ya que es deber del Estado promover políticas redistributivas que permitan el acceso de los campesinos, campesinas y trabajadores agrarios a la tierra en forma individual, asociativa o colectiva”.
La lucha que ha enfrentado el campesinado no es nueva. Desde la década del 70, los campesinos vienen cuestionando fuertemente los programas de colonización, debido a la ineficacia de las instituciones, la dificultad en pagos de créditos, la falta de acceso a la titulación, la infravaloración de sus productos, la precariedad en temas de salud, el analfabetismo y la falta de inclusión en las disposiciones políticas.
La inoperancia de las instituciones forjó la protesta social, un modo de exigir colectivamente por los derechos, haciéndole ver y reconocer al Estado que “la escucha atenta es la única forma en que es posible entender la vida de los otros y las otras desde un ejercicio de diálogo integral”, como se menciona en el Tomo Orinoquía del Informe Final, denominado “Colombia adentro: Relatos territoriales sobre el conflicto armado”.
El campesinado suele ser vinculado a grupos al margen de la ley. Estas señalizaciones parten del sometimiento ejercido a través del control sobre la población, no solo por parte de la guerrilla de las FARC-EP, sino también por paramilitares e instituciones del Estado como la policía y el ejército Nacional, provocando la estigmatización y convirtiendo a sus pobladores en objetivo militar. Es por eso, que la modificación del artículo 64 de la Constitución, es fundamental para la garantía, no solo de la productividad agrícola, la implementación de estrategias de comercialización y soberanías alimentarias, sino también de la seguridad.
Según el Tomo “Colombia Adentro”, en el capítulo “El Campesinado y la Guerra”, se cometieron “10.606.125 hechos victimizantes, de los cuales, 4.827.550, afectaron a campesinos y campesinas”. Esto indica que, al menos, el 45.5% de las violaciones de derechos humanos que se han registrado en la base de datos del Registro Único de Víctimas, correspondió al campesinado.
“Esta Ley implica una mayor visibilización de un sujeto social colombiano que durante décadas ha sido relegado y desprotegido social e institucionalmente, sin reconocérsele sus aportes a la economía del país, en particular, la producción de alimentos y su relación de cuidado y protección con el medio ambiente, las aguas y los bosques”, menciona Edilberto Daza, Representante legal de la Fundación por la defensa de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en el Oriente y Centro de Colombia – DHOC.
Desde el campesinado, se espera la articulación del proyecto de Ley aprobado, con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) para poner a prueba la hoja de ruta del presente Gobierno.
Por su lado, el proyecto queda a la espera de conciliación para, posteriormente, pasar a revisión constitucional y concluir en sanción presidencial.