Nuestra lucha continúa: El aborto es un derecho que no ha dejado ser un delito.

Desde el año 1990 la lucha ha sido constante, por lo cual se logró una oleada verde en el marco del V Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe realizado en Argentina. Así pues, cada 28 de septiembre en la Asamblea del Movimiento Feminista Latinoamericano se declara la conmemoración de Día de la Acción Global por un Aborto Legal y Seguro. Sin embargo, ha sido un recordatorio para la lucha histórica, que diferentes mujeres han gestado en situaciones vulnerables, inseguros y clandestinos, causando la muerte para muchas de ellas.

Desde el 2006, en Colombia ha aumentado en un 320% la persecución y las condenas por el delito de aborto según un informe de La Mesa por La Vida y la Salud de las Mujeres. Esto nos deja ver que, no solo se ven expuestas a las barrera  para practicarse una Interrupción Voluntaria del Embarazo-IVE, sino a una persecución moral y delictiva.

Es así que, desde la Sentencia C-355 de 2006 emitida por la Corte Constitucional se despenalizó el aborto en Colombia bajo tres causales:  i) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificado por un médico; ii) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; iii) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto. Las cuales obedecen a un trámite burocrático para que las mujeres puedan acudir a la EPS y, solicitar la prestación del servicio de salud para acceder a la IVE, esto, nos deja en claro que los valores proteccionistas han sido las miradas juzgadoras y conflictivas desde la institucionalidad, limitando lo que por ley debería ser un derecho.

En la actualidad, a nivel internacional reconocen el aborto seguro como un derecho humano, sumado a una elección tomada desde la libertad de las mujeres, niñas, hombres trans y persona no binarias. Asimismo, es un derecho fundamental las decisiones que tienen sobre sus cuerpos y vida sexual -reproductiva.

A pesar de los avances en la región, el acceso al aborto legal y seguro en América Latina sigue siendo un desafío, solo en países como Argentina, Cuba, Uruguay, Colombia y México es legal solicitar un aborto, aspecto que deja ver que aún la lucha continúa.  En Colombia, desde el trabajo del movimiento Causa Justa con la Sentencia C-055 de 2022, se ha logrado un avance significativo, permitiendo interrumpir el periodo de gestación hasta la semana 24 sin tener una sanción punitiva.

Sí quieres saber más sobre esta sentencia, te invitamos que consultes el siguiente enlace: https://derechoalaborto.com/conoce-las-sentencias/sentencia-c-055-de-2022/.

En este sentido, se realizó un gran avance, pero aún siguen existiendo barreras para la práctica del IVE. En cuanto a procesos administrativos, trámites sin fundamento y dilatación en las solicitudes en las EPS. Esto, con el fin de que las mujeres, hombre trans y personas no binarias crucen un camino de juzgamientos y cuestionamientos externos por parte del cuerpo médico. Igualmente, la objeción de conciencia como derecho fundamental contemplado en el artículo 18 de la Constitución Política de Colombia, establece que toda persona tiene la posibilidad de oponerse al cumplimiento de un deber jurídico cuando su cumplimiento le provoque un conflicto con sus creencias, pero deberá manifestarse por escrito bajo convicciones  religiosas y/o morales, más no en sus opiniones, acción que retrasa el acceso a la IVE por parte del personal médico y, termina volviéndose espinoso, con cierto sentimiento de culpa para que sean intervenidas.

Además, el desconocimiento del marco legal vigente, su interpretación limitante y fallas en la prestación de servicios han sido una mirada preocupante a la obligatoriedad e inmediatez en el cumplimiento de la sentencia.  Por tal razón, las principales barreras provienen, principalmente del sector salud y siguen siendo marcadas para algunos grupos de mujeres, entre estas, las migrantes, las niñas y adolescentes, las que pertenecen a alguna comunidad étnica o que habitan en zonas rurales.

Finalmente, con la Sentencia C-055 de 2022, es uno de los tantos avances en términos de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres para cada región del país, convirtiéndose un hilo tejedor en las organizaciones activista y sociedad civil para la movilización social. Es importante mencionar que no es solo una fecha de conmemoración, sino un tejido colectivo para resistir frente a la objeción de conciencia, carencia de protocolos, desinformación y formación de médicos que siguen afectando al cumplimiento de la sentencia en las mujeres, hombres trans y personas no binarias.

Por: Carolina Camelo

Solo los administradores pueden añadir usuarios.